{"id":95,"date":"2008-01-16T20:19:50","date_gmt":"2008-01-16T20:19:50","guid":{"rendered":"http:\/\/vivelibre.org\/mybb\/?p=95"},"modified":"2008-01-16T20:19:50","modified_gmt":"2008-01-16T20:19:50","slug":"medicina-legal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vivelibre.org\/mybb\/?p=95","title":{"rendered":"medicina legal"},"content":{"rendered":"<p>Medicina legal es la especialidad m\ufffddica que re\ufffdne los conocimientos de la medicina que son \ufffdtiles para la administraci\ufffdn de justicia para dilucidar o resolver problemas civiles, penales o administrativos y para cooperar en la formulaci\ufffdn de leyes. <\/p>\n<p>Importa al m\ufffddico porque debe conocer los linderos legales en el ejercicio de su profesi\ufffdn y porque puede fungir como perito. Al abogado le ofrece un amplio repertorio de pruebas m\ufffddicas como postulante, litigante, defensor o fiscal. <\/p>\n<p>La medicina legal analiza la enfermedad de la sociedad: la delincuencia <\/p>\n<p>\ufffdreas de la Medicina Legal: <\/p>\n<p>Medicina legal cl\ufffdnica <\/p>\n<p>Patolog\ufffda forense <\/p>\n<p>Psiquiatr\ufffda forense <\/p>\n<p>Ciencias forenses: <\/p>\n<p>Toxicolog\ufffda anal\ufffdtica <\/p>\n<p>Bal\ufffdstica <\/p>\n<p>An\ufffdlisis de documentos <\/p>\n<p>Inmunohematolog\ufffda <\/p>\n<p>Dactiloscop\ufffda <\/p>\n<p>Estudio de pelos y fibras <\/p>\n<p>Da\ufffdos en veh\ufffdculos automotores <\/p>\n<p>An\ufffdlisis de manchas de sangre<br \/>\nCaracter\ufffdsticas<\/p>\n<p>Es una especialidad diagn\ufffdstica <\/p>\n<p>El documento m\ufffds importante de la medicina legal es el dictamen m\ufffddico legal <\/p>\n<p>En los pacientes vivos dictamina pron\ufffdsticos <\/p>\n<p>Criterio m\ufffddico-legal: an\ufffdlisis cient\ufffdfico orientado a las necesidades de la administraci\ufffdn de justicia que el legista efect\ufffda sobre hechos m\ufffddicos de cualquier especialidad m\ufffddica. Es decir, hace entendibles al abogado los aspectos m\ufffddicos. <\/p>\n<p>Clasificaci\ufffdn did\ufffdctica: <\/p>\n<p>Medicina legal general. Elaboraci\ufffdn de documentos m\ufffddico-legales <\/p>\n<p>Medicina legal criminal\ufffdstica. Estudio de los indicios de naturaleza m\ufffddica que dej\ufffd un delincuente en la escena del hecho o sobre la v\ufffdctima. <\/p>\n<p>Medicina legal tanatol\ufffdgica. Estudio de la muerte y del cad\ufffdver <\/p>\n<p>Medicina legal traumatol\ufffdgica. Alteraciones anat\ufffdmicas y funcionales causadas por una fuerza exterior, que son de inter\ufffds a la justicia <\/p>\n<p>Medicina legal maternoinfantil. Incluye alteraciones de la conducta sexual y sus consecuencias legales. <\/p>\n<p>Medicina legal toxicol\ufffdgica. Estudia los aspectos legales de las intoxicaciones <\/p>\n<p>Medicina legal psiqui\ufffdtrica. Estudia la enfermedad mental y sus vinculaciones con la ley <\/p>\n<p>Medicina legal laboral. Aspectos legales de las alteraciones de la salud causadas por el trabajo. <\/p>\n<p>Deontolog\ufffda m\ufffddica. Estudio del deber y derecho de los m\ufffddicos.<br \/>\nHistoria<\/p>\n<p>El primer experto m\ufffddico legal fue Imhotep (Egipto, 3000 a\ufffdos a. C.), la m\ufffds alta autoridad judicial del rey Zoser, en esta \ufffdpoca se castigaban los errores profesionales severamente. <\/p>\n<p>En el reinado de Salom\ufffdn, en Jud\ufffd (Israel, de 961-922 a.C.) se presenta un caso m\ufffddico legal en que dos mujeres se pelean por la potestad de un ni\ufffdo, Salom\ufffdn decide a quien darle al ni\ufffdo. <\/p>\n<p>La Ley de las Doce Tablas, el m\ufffds antiguo c\ufffddigo de Derecho romano (451-450 a.C.) incluye normas acerca de la duraci\ufffdn del embarazo y de la responsabilidad del enfermo mental. <\/p>\n<p>Galeno establece la Docimacia, prueba a la cual se somete un \ufffdrgano para saber si ha funcionado o en qu\ufffd estado de funci\ufffdn estaba antes de la muerte. <\/p>\n<p>Numa Pomplio ordenaba a los m\ufffddicos hacer examen de las mujeres que mor\ufffdan. <\/p>\n<p>El c\ufffddigo de Justiniano (529-564 d. C.) en Roma, regulaba la pr\ufffdctica de la medicina, cirug\ufffda y obstetricia, se impon\ufffdan penas por mala pr\ufffdctica. <\/p>\n<p>El Hsi Yuan Lu (S. XIII) escrito por un juez chino clasificaba las lesiones de acuerdo con el instrumento que las causaba y su gravedad. <\/p>\n<p>En 1209 el Papa Inocencio III expidi\ufffd un decreto en el que se les exig\ufffda a los m\ufffddicos visitar a los heridos por orden judicial. <\/p>\n<p>Siglo XV se comienzan a hacer peritajes m\ufffddico legales en caso de aborto, homicidio, infanticidio, etc. <\/p>\n<p>En 1537 Carlos V promulga el C\ufffddigo Carolino donde se establece la obligaci\ufffdn del m\ufffddico de auxiliar a los jueces. <\/p>\n<p>Ambroise Par\ufffd precursor de la medicina legal moderna, da el nombre de Medicina Forense a la especialidad, establece la metodolog\ufffda para los informes m\ufffddico legales y descubrir enfermedades simuladas. En 1575 publica la primera obra de medicina legal. <\/p>\n<p>En 1603 Enrique VI confiere a su primer m\ufffddico la organizaci\ufffdn de lo que hoy ser\ufffda un Servicio M\ufffddico Legal. <\/p>\n<p>Paulo Zacchia (1651) reconocido como precursor de la medicina legal moderna por su obra Questiones medicolegales. <\/p>\n<p>Fortunato Fedele escribe De Relationibus medicorum. <\/p>\n<p>Malpighi, abuelo de la dactiloscop\ufffda <\/p>\n<p>Lombroso, estudio de criminales mencionando que ten\ufffdan padecimientos mentales. <\/p>\n<p>Laccasagne, estudio e importancia del lugar de los hechos <\/p>\n<p>Primera c\ufffdtedra de medicina legal en la Universidad de Viena en 1804 por Vietz. <\/p>\n<p>Mateo Jos\ufffd Buenaventura Orfila precursor de la toxicolog\ufffda moderna por su Tratado de los venenos. <\/p>\n<p>Emilio Federico Pablo Bonnet (Argentina), obra m\ufffds erudita de medicina legal en espa\ufffdol. Escribe adem\ufffds Pasicopatolog\ufffda y psiquiatr\ufffda forense. <\/p>\n<p>Nina Rodrigues (Brasil), Ap\ufffdstol de la antropolog\ufffda criminal en Am\ufffdrica <\/p>\n<p>En M\ufffdxico: <\/p>\n<p>Los aztecas ten\ufffdan un c\ufffddigo de 80 leyes penales y civiles, para que la aplicaci\ufffdn fuera justa, se necesitaba a veces la participaci\ufffdn de un peritaje m\ufffddico. Para saber si alguien estaba realmente muerto usaban el bulbo de Zozoyatic en polvo. lo echaban en las narices y si provocaba estornudos o una reacci\ufffdn, el paciente estaba vivo. <\/p>\n<p>Primera c\ufffdtedra el 27-Nov-1833 por Agust\ufffdn Arellano <\/p>\n<p>Luis Hidalgo y Carpio Padre de la medicina legal en M\ufffdxico, Escribi\ufffd dos tratados sobre la materia y dio la definici\ufffdn legal de lesiones, que desde el C\ufffddigo Penal Federal de 1871 hasta la fecha siguen vigentes. Junto con Luis Sandoval escribe el primer tratado de medicina legal en M\ufffdxico. Tambi\ufffdn retoma el respeto del Secreto Profesional <\/p>\n<p>De 1974-1976 estudia la primera generaci\ufffdn de m\ufffddicos legistas en M\ufffdxico.<\/p>\n<p>En 1992 se inici\ufffd el primer postgrado de medicina legal cl\ufffdnica en la Universidad de Louisville, Kentucky.<br \/>\nTrabajos notables sobre estudios espec\ufffdficos<\/p>\n<p>Dactiloscopia: <\/p>\n<p>1888: Galton propone identificaci\ufffdn dactilosc\ufffdpica basada en los dibujos de Malpighi (1686). Describe 101 tipos en 1892. <\/p>\n<p>Purkinje describe 9 variedades en 1819 <\/p>\n<p>En 1896 Vucetich crea su clasificaci\ufffdn en 4 tipos fundamentales: arco, presilla interna, presilla externa y verticilo. Este m\ufffdtodo de emplea en Argentina y M\ufffdxico. <\/p>\n<p>En 1901 Henry desarrolla su sistema de dibujos papilares: arcos, lazos, remolinos y compuestos. Es el m\ufffds usado en el mundo.<\/p>\n<p>Osteolog\ufffda: Devergie <\/p>\n<p>Odontolog\ufffda: \ufffdscar Amoedo (1897) <\/p>\n<p>Manchas de sangre: Ulenhat, Meyer, Van Deen, Teichmann, Lecha Marzo <\/p>\n<p>Toxemia traum\ufffdtica: Quenu, Delbet, Cannon, Bayliss <\/p>\n<p>Mon\ufffdxico de carbono: Haldane, Mosso, Grehant <\/p>\n<p>Radiaciones: Rutherford <\/p>\n<p>Pruebas biol\ufffdgicas para diagn\ufffdstico de embarazo precoz: Ascheim-Zondek, Friedman,<br \/>\nWeimann, Hogben<\/p>\n<p>Referencias<\/p>\n<p>Vargas Alvarado E. Medicina Legal, 2\ufffd ed, M\ufffdxico, Trillas, 1999: 15-35 <\/p>\n<p>Mart\ufffdnez Murillo, Saldivar L. Medicina Legal. 16\ufffd ed, M\ufffdxico, M\ufffdndez Editores, 1991: 1-6<br \/>\n2. Deontolog\ufffda m\ufffddica<\/p>\n<p>Deontolog\ufffda (deontos: deber; logos: estudio): estudio de las obligaciones (deberes) y derechos del m\ufffddico, tanto \ufffdticos, como legales.<br \/>\n\ufffdtica en la pr\ufffdctica m\ufffddica<\/p>\n<p>La pr\ufffdctica m\ufffddica se controla por Leyes y Normas, pero adem\ufffds, tambi\ufffdn se controla por medio de un &#8220;c\ufffddigo de conducta&#8221;, no impuesto por la ley y que es la \ufffdtica m\ufffddica. <\/p>\n<p>La \ufffdtica y la moral son palabras que significan lo mismo, ethos es costumbre en griego y moris en lat\ufffdn. En la pr\ufffdctica, la \ufffdtica es la ciencia del recto actuar, es la moral filos\ufffdfica, basada en la raz\ufffdn y la ciencia; la moral se refiere a la \ufffdtica religiosa, basada en la fe. <\/p>\n<p>Seg\ufffdn la escuela positivista la moralidad es un fen\ufffdmeno social y consiste en un amanera de proceder que se ci\ufffde a la costumbre general, la Ley o Derecho positivo es el marco de referencia <\/p>\n<p>Seg\ufffdn la escuela naturalista la moral es la cualidad de los actos humanos que tienden a la perfecci\ufffdn del hombre, y su fuente es el hombre mismo <\/p>\n<p>El m\ufffddico ante todo, debe ser moral, se debe anteponer la cl\ufffdnica al lucro, las exigencias de la enfermedad al rango social del enfermo y a los recursos de los que disponga; evitar visitas innecesarias, actos, gestos o palabras que obren en el \ufffdnimo de los enfermos; exhortar a los viciosos a la enmienda. <\/p>\n<p>Toda la \ufffdtica m\ufffddica se basa en que el paciente es el centro del universo m\ufffddico, alrededor del cual giran todos los esfuerzos m\ufffddicos, y todos los dem\ufffds factores se subordinan a este hecho. <\/p>\n<p>El hecho de que el horario contractual de un m\ufffddico termine a cierta hora, no quiere decir que deba irse y dejar al paciente desamparado. Tampoco se debe rehusar a continuar un tratamiento a largo plazo sin asegurarse de que otro m\ufffddico cuidar\ufffd de esa persona. <\/p>\n<p>Los c\ufffddigos \ufffdticos de los griegos sobrevivieron, y en el Juramento hipocr\ufffdtico permanecen las bases del comportamiento \ufffdtico.<br \/>\nJuramento Hipocr\ufffdtico<\/p>\n<p>&#8220;JURO POR APOLO m\ufffddico y por Esculapio y por Hig\ufffda y por Panacea y todos los dioses y diosas, poni\ufffdndoles por testigos, que cumplir\ufffd, seg\ufffdn mi capacidad y mi criterio, este juramento y declaraci\ufffdn escrita:<\/p>\n<p>TRATAR\ufffd al que me haya ense\ufffdado este arte como a mis progenitores, y compartir\ufffd mi vida con \ufffdl, y le har\ufffd part\ufffdcipe, si me lo pide, y de todo cuanto le fuere necesario, y considerar\ufffd a sus descendientes como a hermanos varones, y les ense\ufffdar\ufffd este arte, si desean aprenderlo, sin remuneraci\ufffdn ni contrato.<\/p>\n<p>Y HAR\ufffd part\ufffdcipes de los preceptos y de las lecciones orales y de todo otro medio de aprendizaje no s\ufffdlo a mis hijos, sino tambi\ufffdn a los de quien me haya ense\ufffdado y a los disc\ufffdpulos inscritos y ligados por juramento seg\ufffdn la norma m\ufffddica, pero a nadie m\ufffds.<\/p>\n<p>Y ME SERVIR\ufffd, seg\ufffdn mi capacidad y mi criterio, del r\ufffdgimen que tienda al beneficio de los enfermos, pero me abstendr\ufffd de cuanto lleve consigo perjuicio o af\ufffdn de da\ufffdar.<\/p>\n<p>Y NO DAR\ufffd ninguna droga letal a nadie, aunque me la pidan, ni sugerir\ufffd un tal uso, y del mismo modo, tampoco a ninguna mujer dar\ufffd pesario abortivo, sino que, a lo largo de mi vida, ejercer\ufffd mi arte pura y santamente.<\/p>\n<p>Y NO CASTRAR\ufffd ni siquiera (por tallar) a los calculosos, antes bien, dejar\ufffd esta actividad a los artesanos de ella.<\/p>\n<p>Y CADA VEZ QUE entre en una casa, no lo har\ufffd sino para bien de los enfermos, absteni\ufffdndome de mala acci\ufffdn o corrupci\ufffdn voluntaria, pero especialmente de trato er\ufffdtico con cuerpos femeninos o masculinos, libres o serviles.<\/p>\n<p>Y SI EN MI PR\ufffdCTICA m\ufffddica, o aun fuera de ella, viviese u oyere, con respeto a la vida de otros hombres, algo que jam\ufffds deba ser revelado al exterior, me callar\ufffd considerando como secreto todo lo de este tipo. As\ufffd pues, si observo este juramento sin quebrantarlo, s\ufffdame dado gozar de mi vida y de mi arte y ser honrado para siempre entre los hombres; m\ufffds, si lo quebranto y cometo perjurio, suc\ufffddame lo contrario&#8221;.<\/p>\n<p>Por las violaciones tan severas a la \ufffdtica m\ufffddica de los m\ufffddicos fascistas en la Segunda Guerra Mundial se establece la Declaraci\ufffdn de Ginebra.<br \/>\nEjercicio de la medicina<\/p>\n<p>1. Acto m\ufffddico. Sus elementos constitutivos son: <\/p>\n<p>Anunciar, prescribir o administrar <\/p>\n<p>Procedimientos directos o indirectos <\/p>\n<p>Diagn\ufffdstico, pron\ufffdstico o tratamiento de las enfermedades, recuperaci\ufffdn, conservaci\ufffdn o preservaci\ufffdn de la salud.<br \/>\n2. Sujeto activo<\/p>\n<p>Sujeto activo en ejercicio legal de la medicina: <\/p>\n<p>Tiene t\ufffdtulo de m\ufffddico <\/p>\n<p>Cuenta con la autorizaci\ufffdn para ejercicio profesional<\/p>\n<p>Sujeto activo en ejercicio ilegal de la medicina: <\/p>\n<p>Carece del t\ufffdtulo de m\ufffddico o est\ufffd titulado sin autorizaci\ufffdn <\/p>\n<p>Posee t\ufffdtulo y autorizaci\ufffdn, pero incurre en circunstancias no permitidas<br \/>\n3. Circunstancias<\/p>\n<p>Habitualidad. Es la repetici\ufffdn en la pr\ufffdctica del acto m\ufffddico. Quien sin tener t\ufffdtulo o teni\ufffdndolo carezca de autorizaci\ufffdn, incurre en pr\ufffdctica habitual; comete curanderismo. <\/p>\n<p>Promesa de curaci\ufffdn a t\ufffdrmino fijo o por medios secretos o infalibles. Tal actuar del m\ufffddico autorizado constituye charlatanismo. <\/p>\n<p>Prestar el nombre. El m\ufffddico autorizado que ampara a otra persona carente de t\ufffdtulo o autorizaci\ufffdn para ejercer incurre en esta circunstancia. Tambi\ufffdn se incurre en esta infracci\ufffdn cuando se obliga a un auxiliar que no es m\ufffddico a realizar actos m\ufffddicos.<br \/>\nLegislaci\ufffdn<\/p>\n<p>El ejercicio legal de la medicina se regula por la Ley de Salud (1984) en los art\ufffdculos 78-83 del Cap\ufffdtulo I, t\ufffdtulo IV <\/p>\n<p>Se considera en el Art. 250 del C\ufffddigo Penal Federal (CPF):<br \/>\nArt\ufffdculo 250<\/p>\n<p>Se sancionar\ufffd con prisi\ufffdn de uno a seis a\ufffdos y multa de cien a trescientos d\ufffdas a quien:<\/p>\n<p>I.- Al que, sin ser funcionario p\ufffdblico, se atribuya ese car\ufffdcter y ejerza alguna de las funciones de tal;<\/p>\n<p>II.- Al que sin tener t\ufffdtulo profesional o autorizaci\ufffdn para ejercer alguna profesi\ufffdn reglamentada, expedidas<\/p>\n<p>por autoridades u organismos legalmente capacitados para ello, conforme a las disposiciones reglamentarias del art\ufffdculo 5 constitucional.<\/p>\n<p>a).- Se atribuya el car\ufffdcter del profesionista<\/p>\n<p>b).- Realice actos propios de una actividad profesional, con excepci\ufffdn de lo previsto en el 3er. p\ufffdrrafo del art\ufffdculo 26 de la Ley Reglamentaria de los art\ufffdculos 4o. y 5o. Constitucionales.<\/p>\n<p>c).- Ofrezca p\ufffdblicamente sus servicios como profesionista.<\/p>\n<p>d).-Use un t\ufffdtulo o autorizaci\ufffdn para ejercer alguna actividad profesional sin tener derecho a ello.<\/p>\n<p>e).- Con objeto de lucrar, se una a profesionistas legalmente autorizados con fines de ejercicio profesional o administre alguna asociaci\ufffdn profesional.<\/p>\n<p>III.- Al extranjero que ejerza una profesi\ufffdn reglamentada sin tener autorizaci\ufffdn de autoridad competente o despu\ufffds de vencido el plazo que aquella le hubiere concedido.<\/p>\n<p>IV.- Al que usare credenciales de servidor p\ufffdblico, condecoraciones, uniformes, grados jer\ufffdrquicos, divisas, insignias o siglas a las que no tenga derecho. Podr\ufffd aumentarse la pena hasta la mitad de su duraci\ufffdn y cuant\ufffda, cuando sean de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas Mexicanas o de alguna corporaci\ufffdn policial.<\/p>\n<p>Responsabilidad profesional del m\ufffddico<\/p>\n<p>La ley impone al m\ufffddico la obligaci\ufffdn de responder por las consecuencias da\ufffdosas de su actuaci\ufffdn profesional. Los actos culposos atribuidos al m\ufffddico a causa del ejercicio inadecuado de la medicina configuran la mala pr\ufffdctica. <\/p>\n<p>El actuar del m\ufffddico que aunque sin intenci\ufffdn caus\ufffd da\ufffdo en el paciente configura la mala pr\ufffdctica. <\/p>\n<p>S\ufffdlo aquellas personas que hayan hecho los estudios requeridos por la ley y hayan sido aprobadas en su examen de recepci\ufffdn, son los capacitados legalmente para el ejercicio de su profesi\ufffdn. Est\ufffd reglamentado debidamente en la Ley Reglamentaria del Ejercicio Profesional, teniendo precedentes en el C\ufffddigo Sanitario de los Estados Unidos Mexicanos.<br \/>\nResponsabilidades de los m\ufffddicos en general<\/p>\n<p>Respetar los derechos de los pacientes, colegas y otros profesionales de la salud. <\/p>\n<p>Salvaguardar las confidencias de los pacientes <\/p>\n<p>Actuar sobre el inter\ufffds del paciente <\/p>\n<p>Certificar s\ufffdlo lo que ha verificado de manera personal<br \/>\nObligaciones de los m\ufffddicos con los enfermos<\/p>\n<p>Preservar la vida humana <\/p>\n<p>Lealtad completa <\/p>\n<p>Utilizar todos sus recursos de su ciencia <\/p>\n<p>Pedir ayuda a otro m\ufffddico con las capacidades necesarias <\/p>\n<p>Absoluta confidencialidad <\/p>\n<p>Proporcionar atenci\ufffdn de urgencia como servicio humanitario<br \/>\nDeberes de los m\ufffddicos con otros m\ufffddicos<\/p>\n<p>No atraer pacientes de sus colegas <\/p>\n<p>No criticar el juicio o tratamiento de otro m\ufffddico con el paciente, sino directamente con el otro m\ufffddico. <\/p>\n<p>Observar los principios de la Declaraci\ufffdn de Ginebra y de las siguientes declaraciones: <\/p>\n<p>Declaraci\ufffdn de Sidney (1968): definici\ufffdn de muerte <\/p>\n<p>Declaraci\ufffdn de Oslo (1970): aborto terap\ufffdutico <\/p>\n<p>Declaraci\ufffdn de Munich (1973): discriminaci\ufffdn racial, pol\ufffdtica en medicina <\/p>\n<p>Declaraci\ufffdn de Tokio (1975): actitud del m\ufffddico ante la tortura <\/p>\n<p>Declaraci\ufffdn de Helsinski (1975): experimentos en humanos y juicios m\ufffddicos <\/p>\n<p>Declaraci\ufffdn de Lisboa (1981): derechos de los pacientes <\/p>\n<p>Declaraci\ufffdn de Venecia (1983): enfermos deshauciados<br \/>\nAspectos jur\ufffddicos<\/p>\n<p>1. Responsabilidad penal. La responsabilidad profesional del m\ufffddico constituye una forma de responsabilidad culposa. Comprende cuatro tipos:<\/p>\n<p>Impericia. Es la ignorancia inexcusable, es decir, una actuaci\ufffdn con ausencia de conocimientos fundamentales. <\/p>\n<p>Negligencia. Es la omisi\ufffdn o demora inexcusable en la actuaci\ufffdn del m\ufffddico <\/p>\n<p>Imprudencia. Es la actuaci\ufffdn temeraria o precipitada <\/p>\n<p>Inobservancia de normas o reglamentos. Se refiere a la obligaci\ufffdn del m\ufffddico de respetar las reglamentaciones<\/p>\n<p>Cuando el m\ufffddico es demandado, el paciente debe probar que:<\/p>\n<p>El m\ufffddico tuvo la responsabilidad de atenderlo <\/p>\n<p>Que hubo una falla en la responsabilidad de atenderlo, ya sea por omisi\ufffdn (no llevar a cabo cierta acci\ufffdn) o comisi\ufffdn (hacer algo err\ufffdneo). <\/p>\n<p>Que lo anterior dio por resultado da\ufffdo f\ufffdsico o mental<\/p>\n<p>Es el paciente quien tiene que demostrar lo que sucedi\ufffd, no el defendido (m\ufffddico) quien debe de probar que no sucedi\ufffd.<br \/>\n2. Responsabilidad civil. Puede ser contractual (cuando hay una obligaci\ufffdn espec\ufffdfica entre las partes) o extracontractual (cuando se viola el deber gen\ufffdrico de no da\ufffdar a nadie).<\/p>\n<p>Aspectos m\ufffddico legales<\/p>\n<p>1. Objetivos de la pericia m\ufffddico legal<\/p>\n<p>Examinar la Relaci\ufffdn m\ufffddico paciente <\/p>\n<p>Examinar la falta cometida por el m\ufffddico en sus deberes hacia el paciente <\/p>\n<p>Relacionar la causalidad entre el acto m\ufffddico culposo y el da\ufffdo en el paciente. El m\ufffddico debe probar que el da\ufffdo no se debi\ufffd a su actuaci\ufffdn culposa. Los principios de la prueba descansan sobre la premisa doctrina res ipsa loquitur (los hechos hablan por s\ufffd mismos), al existir evidencias circunstanciales, se presupone que el da\ufffdo fue ocasionado por el actuar del m\ufffddico:<\/p>\n<p>El resultado lesivo no hubiera ocurrido en ausencia de negligencia del m\ufffddico <\/p>\n<p>Evitar el da\ufffdo estuvo bajo control exclusivo del m\ufffddico <\/p>\n<p>No hubo posibilidad de que el paciente mediara en la producci\ufffdn del da\ufffdo<br \/>\n2. Procedimientos de la pericia<\/p>\n<p>Estudiar el expediente judicial <\/p>\n<p>Analizar la historia cl\ufffdnica <\/p>\n<p>Elaborar una nueva historia cl\ufffdnica forense <\/p>\n<p>Realizar ex\ufffdmenes complementarios <\/p>\n<p>Efectuar interconsultas <\/p>\n<p>Consultar bibliograf\ufffda m\ufffddica<br \/>\n3. Resultado de la pericia. Puede generar 3 tipos de conclusiones:<\/p>\n<p>No haber actuado inadecuadamente <\/p>\n<p>El da\ufffdo del paciente obedeci\ufffd a una acci\ufffdn inadecuada del m\ufffddico (mala pr\ufffdctica) <\/p>\n<p>El da\ufffdo ocurri\ufffd por yatrogenia (el da\ufffdo ocurri\ufffd a pesar de la pericia, diligencia, prudencia y observancia de normas por parte del m\ufffddico)<br \/>\nTipos de mala pr\ufffdctica m\ufffddica m\ufffds frecuentes<\/p>\n<p>Ginecolog\ufffda y Obstetricia: <\/p>\n<p>Da\ufffdo cerebral en el neonato por hipoxia por trabajo de parto prolongado <\/p>\n<p>Fallo en la esterilizaci\ufffdn <\/p>\n<p>Complicaciones en histerectom\ufffda<\/p>\n<p>Ortopedia y cirug\ufffda en accidentes <\/p>\n<p>Fracturas no detectadas <\/p>\n<p>Da\ufffdo tisular por aplicaci\ufffdn de vendajes muy apretados <\/p>\n<p>Hemorragia intracraneana no diagnosticada <\/p>\n<p>Cuerpos extra\ufffdos no detectados en ojos y heridas <\/p>\n<p>Lesiones en cabeza tratadas de manera inadecuada <\/p>\n<p>Alta de pacientes a\ufffdn enfermos en los servicios de urgencias, en lugar de hospitalizarlos<\/p>\n<p>Cirug\ufffda general: <\/p>\n<p>Diagn\ufffdstico tard\ufffdo de lesiones abdominales agudas <\/p>\n<p>Retenci\ufffdn de instrumentos o materiales <\/p>\n<p>Operaci\ufffdn de un paciente equivocado <\/p>\n<p>Operaci\ufffdn en un sitio incorrecto <\/p>\n<p>Vasectom\ufffda sin \ufffdxito <\/p>\n<p>Quemaduras diat\ufffdrmicas <\/p>\n<p>Realizar operaciones sin consentimiento informado <\/p>\n<p>Cirug\ufffda pl\ufffdstica est\ufffdtica insatisfactoria<\/p>\n<p>Pr\ufffdctica m\ufffddica general <\/p>\n<p>Dejar de visitar al paciente que solicit\ufffd el servicio con da\ufffdo consecuente<br \/>\nNo diagnosticar trastornos m\ufffddicos importantes y frecuentes (IAM)<br \/>\nNo enviar al paciente que lo necesite al especialista o un hospital <\/p>\n<p>Intoxicaci\ufffdn por medicamentos mal prescritos <\/p>\n<p>Clase o cantidad incorrecta de medicamentos <\/p>\n<p>No vigilar adecuadamente al paciente con tendencia suicida<\/p>\n<p>Anestesiolog\ufffda: <\/p>\n<p>Da\ufffdo cerebral por hipoxia <\/p>\n<p>Da\ufffdo neurol\ufffdgico por lesiones espinales <\/p>\n<p>Da\ufffdo nervioso perif\ufffdrico por astillamiento durante la infusi\ufffdn <\/p>\n<p>Transfusi\ufffdn de sangre incompatible <\/p>\n<p>Anest\ufffdsicos incorrectos o excesivos <\/p>\n<p>Permitir la conciencia o el dolor durante la anestesia<\/p>\n<p>Errores generales: <\/p>\n<p>No actuar de acuerdo a los reportes radiol\ufffdgicos o de laboratorio <\/p>\n<p>Registros inadecuados y falta de comunicaci\ufffdn con otros m\ufffddicos<br \/>\nCausas de justificaci\ufffdn en la actuaci\ufffdn m\ufffddica<\/p>\n<p>El derecho penal se caracteriza por contener prohibiciones de conducta, pero tambi\ufffdn contempla autorizaciones o permisos para realizar la acci\ufffdn prohibida s\ufffdlo a manera de excepci\ufffdn. Algunas de las causas de justificaci\ufffdn son:<\/p>\n<p>1. Consentimiento del paciente. Ninguna persona adulta tiene que aceptar alg\ufffdn tratamiento m\ufffddico a menos que lo pida. Si desea atenci\ufffdn m\ufffddica tiene que otorgar su consentimiento. En caso de ni\ufffdos, los padres o tutores otorgan el permiso. Cuando es imposible que el paciente otorgue el consentimiento, lo hace el familiar, la instituci\ufffdn m\ufffddica o la autoridad se\ufffdalada. En personas en urgencia, no es necesario ning\ufffdn permiso.<\/p>\n<p>Consentimiento impl\ufffdcito. La mayor parte de la pr\ufffdctica m\ufffddica se conduce por este principio, donde el simple hecho de que una persona visite al m\ufffddico implica que est\ufffd dispuesta a ser examinada y tratada. S\ufffdlo cubre los m\ufffdtodos cl\ufffdnicos b\ufffdsicos de la historia cl\ufffdnica, no incluye examen vaginal, rectal ni m\ufffdtodos invasivos de diagn\ufffdstico o tratamiento, los que se realizan bajo consentimiento informado. <\/p>\n<p>Consentimientos expreso. Cuando se requiere un procedimiento m\ufffds complejo y sobre todo invasivo para el diagn\ufffdstico o tratamiento, de debe obtener el permiso espec\ufffdfico, lo que se llama &#8220;Consentimiento expreso&#8221;. A menudo se obtiene por escrito y debe ser testificado por otra persona que est\ufffd presente. <\/p>\n<p>Consentimiento informado. Ning\ufffdn consentimiento es v\ufffdlido legalmente a menos que el paciente sepa y entienda lo que est\ufffd autorizando. Se debe proporcionar explicaci\ufffdn completa al paciente sobre la naturaleza, raz\ufffdn y riesgos de cualquier procedimiento antes de pedir el consentimiento expreso.<br \/>\n2. Estado de necesidad. Ocurre cuando se sacrifica un inter\ufffds menor por un inter\ufffds mayor. Por ejemplo un m\ufffddico que tiene el deber de salvar la vida, pero a su vez, debe evitar el sufrimiento in\ufffdtil al paciente cuya vida se extingue y para lo cual administra calmantes que impliquen el riesgo de acortarle la existencia.<\/p>\n<p>3. Cumplimiento de la ley<\/p>\n<p>Oras defensas del m\ufffddico<\/p>\n<p>Otros argumentos legales para el m\ufffddico demandado son: <\/p>\n<p>Que no exist\ufffda relaci\ufffdn m\ufffddico paciente al momento del incidente <\/p>\n<p>Que el m\ufffddico cumpli\ufffd con las reglas cl\ufffdnicas en la atenci\ufffdn del paciente <\/p>\n<p>Que el da\ufffdo alegado no est\ufffd dentro de la relaci\ufffdn de causalidad con incumplimiento del deber m\ufffddico <\/p>\n<p>Que el da\ufffdo sufrido es trivial <\/p>\n<p>Que el paciente contribuy\ufffd al da\ufffdo al incumplir el tratamiento o indicaciones u ocult\ufffd informaci\ufffdn<\/p>\n<p>Recursos de la defensa: <\/p>\n<p>Interrogatorio exhaustivo de los peritos tanto oficiales como de la defensa <\/p>\n<p>Consultor t\ufffdcnico que la ley pone como un derecho de las partes. Asesora a los abogados de la defensa y puede interrogar a los peritos <\/p>\n<p>M\ufffddico acusado, quien conoce mejor los detalles y puede aconsejar a sus abogados y a su consultor t\ufffdcnico<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Medicina legal es la especialidad m\ufffddica que re\ufffdne los conocimientos de la medicina que son \ufffdtiles para la administraci\ufffdn de justicia para dilucidar o resolver problemas civiles, penales o administrativos y para cooperar en la formulaci\ufffdn de leyes. Importa al m\ufffddico porque debe conocer los linderos legales en el ejercicio de su profesi\ufffdn y porque<\/p>\n<p class=\"text-right\"><span class=\"screen-reader-text\">Continue Reading&#8230; medicina legal<\/span><a class=\"btn btn-secondary continue-reading\" href=\"https:\/\/vivelibre.org\/mybb\/?p=95\">Continue Reading&#8230;<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[28],"tags":[],"class_list":["post-95","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-psicologia-medica"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vivelibre.org\/mybb\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/95","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vivelibre.org\/mybb\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vivelibre.org\/mybb\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vivelibre.org\/mybb\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vivelibre.org\/mybb\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=95"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/vivelibre.org\/mybb\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/95\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vivelibre.org\/mybb\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=95"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vivelibre.org\/mybb\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=95"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vivelibre.org\/mybb\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=95"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}